Derecho de Familia · Relación directa y regular
Tienes derecho a ver a tus hijos. Y ellos, a estar contigo.
Ya sea que necesites establecer un régimen de visitas, hacer cumplir el que ya tienes o modificarlo, cuéntanos tu caso y en menos de 24 horas un abogado real —no un bot— te dice en qué estás parado, qué alternativas tienes y el próximo paso.
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Mantener el vínculo con tus hijos es un derecho. Te ayudamos a protegerlo.
La relación directa y regular es el derecho a ver a tus hijos y a estar con ellos de forma periódica, y es sobre todo un derecho de ellos a no perder el vínculo contigo. Nuestro trabajo es ayudarte a establecerlo, hacerlo cumplir o ajustarlo, con una estrategia clara ante el Juzgado de Familia.
En qué te podemos ayudar
Establecer un régimen
Acordamos o demandamos ante el tribunal un régimen de visitas claro, con días, horarios y condiciones.
Hacer cumplir las visitas
Si no se respeta el régimen fijado, solicitamos su cumplimiento ante el tribunal, con los apremios que correspondan.
Modificar el régimen
Si cambiaron los horarios, el domicilio o la edad de los hijos, pedimos al tribunal ajustar el régimen ya establecido.
Visitas de abuelos y parientes
Los abuelos y otros parientes cercanos también pueden solicitar una relación directa y regular con los niños.
Preguntas frecuentes
¿Qué es la relación directa y regular o régimen de visitas?
Es el derecho del padre o madre que no tiene el cuidado personal a mantener con sus hijos una relación directa y regular, es decir, a verlos y a estar con ellos de forma periódica. Antes se le llamaba régimen de visitas. Es, ante todo, un derecho de los propios hijos a mantener el vínculo con ambos padres.
¿Cómo se establece un régimen de visitas?
Puede establecerse por acuerdo de los padres o, a falta de acuerdo, lo fija el juez de familia considerando el interés superior del niño. El régimen define días, horarios y condiciones, buscando que sea estable y adecuado a la edad y necesidades de los hijos.
¿Qué puedo hacer si no me dejan ver a mis hijos?
Si hay un régimen fijado y no se cumple, puedes solicitar su cumplimiento ante el Juzgado de Familia, que puede aplicar apremios a quien lo incumple. Si aún no hay un régimen establecido, lo primero es demandarlo. Actuar con rapidez y con los antecedentes ordenados ayuda a resguardar el vínculo con tus hijos.
¿Se puede modificar un régimen ya establecido?
Sí. Si cambian las circunstancias —la edad de los hijos, un cambio de domicilio o de horarios— se puede solicitar al tribunal modificar el régimen, acreditando esos cambios y siempre pensando en el bienestar de los niños.
¿Necesito un abogado?
Sí. Tanto para establecer como para hacer cumplir o modificar un régimen ante el Juzgado de Familia se requiere el patrocinio de un abogado. Presentar bien los antecedentes hace mucho más probable que el tribunal acoja tu solicitud.
Esta información es general y referencial. Cada caso tiene particularidades: cuéntanos el tuyo y te orientamos.
¿Qué pasa si lo dejas para después?
- Mientras más tiempo pasa sin ver a tus hijos, más se debilita el vínculo, y eso después es difícil de recuperar.
- Si el incumplimiento se vuelve costumbre, cuesta más revertir la situación de hecho ante el tribunal.
- Ordenar el régimen cuanto antes le da estabilidad y previsibilidad a los niños, que es lo que el tribunal valora.
No tienes que decidir nada hoy. Pero en qué estás parado, conviene saberlo cuanto antes.
Lo que dicen nuestros clientes
Personas reales a las que acompañamos
"Excelente servicio de los dos abogados, pudieron resolver mis dudas respecto a una mediación que tenía. Para ser mi primera consulta con abogados me encantó el servicio, explican todo muy detallado."
"Fueron muy amables, profesionales y se dieron el tiempo de escuchar mi caso. Me orientaron sobre los pasos a seguir, lo que me dio mucha tranquilidad. Sin duda los recomiendo."
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- La evaluación de tu caso, hecha por un abogado del estudio.
- Tus alternativas reales, explicadas sin tecnicismos.
- El paso concreto que conviene dar, y por qué.
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